Para alquilar una vivienda es necesario hacer una serie de trámites legales, como es cumplimentar un contrato de alquiler de pisos, el cual recogerá todas las condiciones y términos de ambas partes interesadas.
¿Qué debe incluir un contrato de alquiler de pisos?
- Los datos personales del arrendatario y del arrendador
- Especificar la identificación del inmueble en cuestión
- Duración del alquiler de pisos
- Renta o pago inicial del contrato
- Diferentes cláusulas concretas que los involucrados han acordado
A partir de este documento, tanto arrendador como arrendatario formalizan un acuerdo al que acogerse ante cualquier problema, duda o finalización de contrato. En este documento se cede voluntariamente la utilización y disfrute de un inmueble durante un determinado periodo de tiempo a cambio de un pago e incluye una serie de cláusulas que ambas partes deberán cumplir.
Después de la entrada en vigor del RDL 7/2019 ha habido algunos cambios legislativos, a partir del cual todos los contratos deben corregir y modificar las cláusulas y la duración de los mismos en el momento de crear un contrato de cero o bien prorrogar. La ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos se modificó en los plazos mínimos y la duración del contrato es la que se estipule por ambas partes, pudiendo ser:
- Contrato de alquiler de pisos inferior a cinco años: Podrá prorrogarse anualmente hasta llegar a los cinco años, pudiendo cancelar dicha prórroga en cualquier instante, simplemente avisando con un mes de antelación al arrendador. Se podrá volver a prorrogar durante 3 años más, si el arrendador quiere hacerlo voluntariamente o si no ha avisado al inquilino de su voluntad de no renovarlo con cuatro meses de antelación.
- Contrato de alquiler con plazo indeterminado; Esto quiere decir que el contrato no tiene duración establecida, que normalmente es de un año y que se aplica el mismo sistema que con un contrato inferior a cinco años. Una vez se alcancen los cinco años, si no se ha cancelado el contrato, puede prorrogarse hasta 3 años más.
- Contratos de alquiler superiores a cinco años; En este caso, el contrato finaliza en la fecha que se establezca en el contrato.
Cuando acaba el contrato de alquiler de pisos y si se hubiesen aplicado todas las prórrogas y el arrendador no comunica la resolución del contrato, teniendo como plazo 15 días, se entiende que existe tácita reconducción; un término que según establece el artículo 1581 del Código Civil, el inquilino tiene derecho de seguir disfrutando del inmueble después de haber superado el periodo del contrato, las prórrogas y los 15 días de finalización del contrato sin aviso del propietario, hasta que se decida finalizar formalmente por ambas partes.
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